| Descripción | Norma rectora de las veedurías ciudadanas. Se determina la constitución de las veedurías como organización ciudadana, además se asignan sus valores y funciones como la vigilancia de entidades territoriales, los organismos de plantación, la gestión del estado, la contratación pública y la ejecución de proyectos.   Junto con el conocimiento de los proyectos gubernamentales y la vigilancia de estos recursos; la veeduría adquiere las obligaciones de informar a la ciudadania y a los organismos estatales correspondientes el desarrollo de los proyectos, igualmente de avisar a los organismos competentes sobre cualquier irregularidad. Como apuntes finales; los lineamientos que pese a su autonomía deben ejercer esta institución y las medidas de apoyo adoptadas por el estado son solo algunas de las previsiones que toma el legislador para que este ente ciudadano, democrático y participativo  pueda ejercer su función de control. |